La Ley del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas de Venezuela
Principales aspectos de la ley:
Conservación del acervo: El Estado tiene el deber de conservar el acervo bibliográfico vinculado a la memoria nacional y facilitar el acceso a toda la población.
Creación del Instituto: Se crea el Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas, adscrito al Ministerio de Educación, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Fines del Instituto: El Instituto tiene como fines ser el centro depositario del acervo documental de Venezuela, velar por el cumplimiento de la legislación sobre depósito legal, y poner a disposición de investigadores y estudiosos el material bibliográfico.
Patrimonio del Instituto: El patrimonio del Instituto está constituido por aportaciones anuales asignadas por la Ley de Presupuesto, donaciones, legados, bienes adscritos por el Ejecutivo Nacional, y otros ingresos provenientes de servicios y operaciones que realice el Instituto.
Esta ley es fundamental para el desarrollo y coordinación del Sistema Nacional de Servicios de Bibliotecas en Venezuela, asegurando que todos los ciudadanos tengan acceso a la información y recursos necesarios para su desarrollo cultural y educativo.
Puedes encontrar la ley completa en el siguiente enlace: Ley del Instituto Autónomo
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